¿INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO O
FRAUDE ELECTORAL?
Que
a estas alturas del devenir político el Sr. Rajoy, don Mariano, no sólo está
incumpliendo el programa electoral con el que concurrió a las eleciones
generales, sino que está haciendo lo contrario de lo que se comprometió, no es
ningún secreto para nadie. Es más, no lo pone en tela de juicio ni siquiera el votante
más incondicional del PP. Como dice el aserto popular (de pueblo entendido como
conjunto de ciudadanos): blanco y en botella ...
Y
no es cuestión de enumerar sus innumerables “novedades” en forma de recortes;
está en la mente de todos y no es cuestión de repetir una y otra vez las cosas.
Pasaremos por alto la barbaridad y la felonía de la “reforma laboral” y los
“ajustes” en la administración, en la sanidad, en la enseñanza, las congelaciones
salariales y de pensiones, las subidas impuestos, etc.
Eso
no es realmente lo importante. Lo que realmente importa es el fraude que está
cometiendo el Sr. Rajoy y, en buena lógica, la formación política que lo
encubre. Y si se dice encubrir porque el tema puede ser que esté rozando, si no
está plenamente inmerso, el delito: un delito electoral.
La
definición de un contrato por el vigente código civil español (art. 1254 C .C.) indica que “El
contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse,
respecto a otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio”. Y este contrato
se formalizó cuando el Sr. Rajoy se comprometió, mediante su programa electoral,
a realizar una serie de servicios a los
ciudadanos españoles.
Igualmente
por los art. 1255, 1261, 1262, 1271, 1272, 1274, 1278, etc. del citado Código
Civil, se establecen el objeto de los contratos, sus causas, la eficacia de los
mismos, la rescisión y nulidad de dichos acuerdos contractuales, etc. Esta
normativa legal, aplicada a la oferta electoral de la formación política del
Sr. Rajoy anula totalmente el programa electoral con el que el PP concurrió a
las elecciones. Y si es nulo el acuerdo establecido por medio de las
elecciones, habría que resolver el contrato, es decir, el Sr. Rajoy debería ser
cesado como Presidente del Gobierno.
Pero
es que hay además algunas otras cuestiones de enorme gravedad en lo que se
refiere a posibles violaciones de derechos constitucionales: (Art. 20 y 21 de la Constitución )
libertad de expresión que se pretende recortar en cuanto a la convocatoria de
manifestaciones y reuniones pacíficas en lugares públicos, las medidas que se están tomando contra los
derechos protegidos en los art. 39, 40 y 41 de la Constitución
(Protección a la familia y a la infancia, redistribución de la renta y pleno
empleo, seguridad social), los derechos contemplados en lo referente a las
pensiones de la tercera edad (art. 50 de la C.E .), el derecho de referéndum contemplado en el
Art. 92.1 de nuestra Constitución para decisiones de especial importancia (se
está cediendo la soberanía a Alemania y Francia en temas de planificación y
decisión económica), etc.
Sería
interesante recordar las funciones que nuestra Constitución establece al
Ministerio Fiscal, por medio del art. 124, entre otras la promoción de acciones
en defensa de la legalidad.
Por
todo ello, y si el Sr. Rajoy no tiene la decencia de presentar su dimisión,
alguien debería tomar cartas en el asunto, presentar la correspondiente
denuncia ante los tribunales y que sea resuelto el pleito, a la mayor brevedad posible,
por los tribunales por medio de la condena y la inhabilitación de Don Mariano
Rajoy Brey.
Y
si el Ministerio Fiscal no cumple, porque no quiere o no se atreve, con las
funciones encomendadas constitucionalmente, hay otras formaciones políticas que
deberían coger el toro por los cuernos y plantear la denuncia a los tribunales de
este fraude o incumplimiento de contrato.
Y
por favor que sea antes de que arruinen completamente este maravilloso país que
es España.
Nino Granadero
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